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PREPARÁNDONOS ANTES DEL CAMBIO ¿Y la Democracia? ...Bien Gracias ¿Quiénes gobernarán en la UES ? ¿Bienestar o malestar universitario? ¿Para qué sirven las cuotas universitarias? Biblioteca Central, un corazón sin fondos Libertad de cátedra, origen y desarrollo Libertad de cátedra, mecanismo de mediocridad docente ¿El profesor para la asignatura, o la asignatura para el profesor? ¡¡¡¿Educación superior gratuita?!! Informe de la Primera Jornada de Capacitación Estudiantil NUEVAS AUTORIDADES EN LA UES Y UN BLOQUE ESTUDIANTIL |
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MODERNIZACIÓN
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¿QUIÉNES
GOBERNARAN EN LA UES? ... Por: Rosa María Pastrán
Gracias a la metodología participativa usada
por la Comisión de Educación y Cultura de la Asamblea Legislativa, el
sector estudiantil ve concretizarse sus aspiraciones por conseguir una
representación democrática en los organos de gobierno UES, tal como se
da en las otras universidades centroamericanas. Los estudiantes exigimos a los diputados de la Asamblea
Legislativa la pronta aprobación de nuestra Ley Orgánica. Queremos elegir
nuestras autoridades
en democracia. La
aprobación del Proyecto de Ley
Orgánica, por parte de la Asamblea Legislativa, originará cambios en las
funciones de los principales órganos del gobierno universitario,
principalmente en La Asamblea General Universitaria (AGU), El Consejo
Superior Universitario (CSU), y la Rectoría. Para
conocer y entender mejor a cada uno de estos órganos, es necesario
informarnos sobre qué son, quiénes los integrarán, cuáles serán los
mecanismos de elección de sus representantes y las principales funciones
a ejercer. ASAMBLEA
GENERAL UNIVERSITARIA
(AGU) Será
el máximo organismo normativo y elector de la Universidad; y el órgano
supremo de la misma para la interpretación de sus fines y la conservación
de sus instituciones. La AGU será la encargada de la aprobación
de todo marco jurídico aplicable a la Universidad, por ejemplo,
sus estatutos y reglamentos internos. Además, elegirá al Rector, Vicerrectores, Fiscal General, Auditor Externo, Decanos y Vicedecanos. La
AGU estará integrada
por: *
Un representante del personal académico de cada Facultad. * Un representante de las asociaciones profesionales de cada
Facultad. * Un representante de los estudiantes de cada asociación de
Facultad. Estos
representantes contarán con igual número de suplentes, ejercerán sus
funciones por un período de dos años y tendrán la posibilidad de ser
reelectos por un período más. Al
tomar posesión de sus cargos, elegirán entre sus miembros una Junta
Directiva, que llevará la dirección de los asuntos y tendrá el carácter
de Comisión Permanente de la Asamblea. La Junta Directiva estará
conformada por un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario y dos
Vocales. MECANISMOS
DE ELECCIÓN La
representación del Personal Académico será electa por la Asamblea del
Personal Académico de cada Facultad. La representación del sector
profesional no docente de cada Facultad, será electa por
las asociaciones de profesionales de la Facultad
que tengan personería jurídica. En
el caso de las Facultades Multidisciplinarias, la representación de los
profesionales no docentes será electa por las asociaciones o filiales en
la Cabecera Departamental en que tenga
asiento la misma Facultad. La
representación de los estudiantes será electa a
través de votación
directa, y podrán participar todos los alumnos matriculados de la
correspondiente Facultad. La convocatoria para la elección deberá
hacerla de manera oportuna la Asociación de la respectiva Facultad. ATRIBUCIONES
DE LA AGU *
Ser el órgano legislativo de la Universidad *
Crear y/o suprimir instituciones o dependencias *
Elegir a las autoridades *
Aprobar el presupuesto de la Universidad *
Distribuir el presupuesto interno de acuerdo a los proyectos *
Sancionar y/o destituir a los funcionarios al cometer faltas. CONSEJO SUPERIOR
UNIVERSITARIO (CSU) Será el máximo organismo en las funciones administrativa, docente, técnica y disciplinaria de la Universidad; y dictará las ordenanzas generales para cumplir las disposiciones de la Ley Orgánica y los Reglamentos Universitarios. El CSU será el encargado de la ejecución presupuestaria y financiera de la Universidad, en otras palabras, será quien dispondrá de cómo se emplearán los recursos. Este
organismo estará conformado por: *
El Rector. *
El Decano de cada Facultad. *
Un representante docente por Facultad. *
Un representante de los estudiantes de
cada Facultad. El
CSU estará presidido por el Rector, quien tendrá voto de calidad en caso
de empate. Los miembros de este organismo serán electos para un período
de dos años y podrán ser
reelectos para otro período
más en forma consecutiva.
Cada representante contará con un suplente. *
Dirigir y administrar a la Universidad *
Nombrar a los funcionarios administrativos de la Universidad *
Aprobar carreras y planes de estudio *
Elaborar y proponer los reglamentos específicos
que sean necesarios a la AGU, para su aprobación *
Velar porque exista la debida coordinación entre las distintas
dependencias de la Universidad *
Nombrar, de la terna propuesta por el Rector, al Secretario General,
Auditor Externo, Director de la Editorial Universitaria y a los Directores
de los Centros Universitarios que se crearen. El
Rector será el máximo funcionario ejecutivo de la Universidad
y tendrá la función de ejecutar y hacer
cumplir las disposiciones de la AGU y del CSU. Además, representará
legalmente a la Universidad. El Rector será electo por la AGU, para un
período de cuatro años, pudiendo ser
electo para un período más de manera consecutiva. Habrá
un Vicerrector Académico y
uno Administrativo, electos de la misma forma
y para igual período que
el Rector. La función que desempeñará el Rector está más explícita
en la nueva ley, con relación a la anterior, éste ya no será una figura
decorativa y pasará a tener una mayor participación en el desarrollo de
la Universidad. Y
con la creación de dos vicerrectorías, el Rector y los Vicerrectores
podrán distribuir con mayor especificidad las responsabilidades. ATRIBUCIONES del
Rector: * Defender los
intereses de la Universidad. * Presentar al inicio de su gestión, el Plan de Desarrollo de
la Universidad y su Plan de Trabajo Anual al CSU y a la AGU. *
Evaluar las actividades de la Universidad. *
Adoptar las medidas ejecutivas necesarias para la buena marcha de la
Universidad y la debida coordinación de sus dependencias. *
Nombrar y remover por causas legales al personal de las oficinas centrales
de la Universidad y/o de los organismos
que dependan directamente de Rectoría *
Cumplir y hacer cumplir la legislación universitaria y los acuerdos que
dentro del ejercicio de sus funciones,
emitan la AGU y el CSU. Del
Vicerrector Académico: *
Coordinar y supervisar las funciones académicas, en conjunto con las
autoridades de las Facultades * Analizar y supervisar el desarrollo de los planes de estudio de la Universidad, con el fin de adecuarlos a las necesidades de la sociedad. *
Elaborar programas de investigación y capacitación para todo el personal
académico, sobre métodos pedagógicos y de especialización. *
Velar porque la labor docente de la Universidad se lleve a cabo en forma
eficaz, eficiente, actualizada
y unida con la investigación. * Estimular la excelencia académica del estudiante
universitario. *
Garantizar que los resultados de la investigación universitaria lleguen a
los sectores que lo requieran. Del
Vicerrector Administrativo: *
Dirigir, supervisar y evaluar el
sistema administrativo de la Universidad, señalando las pautas para que
la administración cumpla sus funciones de manera eficiente y eficaz. *
Coordinar con las autoridades de las Facultades la capacitación,
el control y la evaluación del personal de la Universidad. *
Participar en la elaboración del
anteproyecto de Presupuesto y
del sistema de salarios de la Universidad y velar
porque se haga en forma
eficiente para su respectiva aprobación. *
Preservar el patrimonio de la Universidad y promover su desarrollo,
cuidando disponer del mismo sólo
para el cumplimiento de los
fines de la institución. *
Dirigir, coordinar y evaluar todos los servicios de orientación y
asistencia social de los estudiantes * Promover el bienestar estudiantil y
el desarrollo integral del personal de la Universidad. GOBIERNO DE LAS FACULTADES En
el ámbito de las Facultades, el gobierno será ejercido por la Junta
Directiva y el Decano, dentro de los límites de su competencia. La
Junta Directiva: Estará conformada por
el Decano, dos representantes del Personal Académico, dos
representantes de los profesionales no docentes y dos representantes de
los estudiantes de la misma. La Junta Directiva será presidida por el
Decano, mientras esté ejerciendo dure el ejercicio de su cargo; y los
otros miembros representantes, lo serán por dos años y con la
posibilidad de ser reelectos por un período más en forma consecutiva. El
Decano: Será electo por la AGU, entre los candidatos que presentarán los
docentes, profesionales no docentes y los
estudiantes de la respectiva Facultad. El
Decano ejercerá sus funciones por un período de cuatro años, pudiendo
ser reelecto por un período más en forma consecutiva. El
cambio fundamental que la ley incluye respecto al Decano, es que ahora éste
podrá ser sancionado o
destituido por la AGU, si comete alguna falta. En cuanto a la Junta
Directiva, esta amplía su período de gestión a dos años, ya que en la
actualidad el período de un año es poco productivo. Es
importante señalar que con
la eliminación de un miembro al sector docente, se equilibra la
participación de los otros dos sectores. ATRIBUCIONES de la Junta Directiva: *
Emitir su reglamento interno. *
Administrar, custodiar y promover el desarrollo del patrimonio de la
Facultad *
Elaborar y someter a la aprobación de
la AGU, el proyecto de Reglamento General de la Facultad. *
Resolver sobre nombramientos, traslados, licencias, sanciones y remociones
del Personal Académico de la
Facultad, conforme al sistema escalafonario. *
Resolver sobre los asuntos pedagógicos y técnicos propios de la
Facultad. *
Fijar anualmente la capacidad de matrícula de las escuelas y demás
unidades docentes vinculadas a su Facultad. Del
Decano: *
Representar, presidir y dirigir la Facultad . *
Presidir las sesiones de la Junta Directiva y las
sesiones de la Asamblea del Personal Académico. *
Adoptar, dentro de sus funciones ejecutivas, todas las medidas que sean
necesarias para asegurar la buena marcha de la Facultad. *
Convocar oportunamente al Personal Académico de la Facultad para la
elección de sus representantes ante la AGU, el CSU y la Junta Directiva. *
Notificar con la debida anticipación a los estudiantes y a los
profesionales no docentes de la Facultad, sobre la elección de sus
representantes ante la AGU, el CSU y la Junta Directiva de la Facultad. *
Presentar el Plan de Trabajo y Memoria de Labores a la Asamblea del
Persona Académico, a más
tardar en el primer trimestre del año. Después
de hacer este recorrido por las funciones más trascendentales de los órganos
de gobierno universitarios, es importante señalar el nuevo rol que
debemos asumir como parte del sector estudiantil de esta Universidad. La
nueva Ley Orgánica nos permitirá a los y las estudiantes obtener una
tercera parte de PODER en los gobiernos universitarios. El
principal reto es nombrar a nuestros representantes en estos organismos,
para garantizar el mejoramiento de la calidad académica y desarrollar los
proyectos necesarios, en beneficio de toda la población estudiantil. Los
y las estudiantes debemos estar conscientes de nuestro derecho, pero ante
todo, nuestro deber de elegir a las personas quienes nos representarán. |
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